Incidencias de la ley de la actividad aseguradora en el contrato de seguros en el Municipio Libertador del estado Mérida
Fecha
2014-02-03Autor
Carroz Velazco, Andreina Paola
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La actividad aseguradora se encuentra regulada por un nuevo instrumento legal, el
cual incluye una serie de aportes inéditos para el mejoramiento de los procesos de
seguros. Así, la prohibición establecida en el numeral 22 del artículo 40 de la Ley de
la Actividad Aseguradora (2.010), protege el derecho a la atención de salud de
emergencia a los clientes de pólizas de Hospitalización, Cirugía y Maternidad (HCM)
de una determinada empresa de seguros. Por esta razón, se consideró importante
determinar las incidencias del nivel de conocimiento de las personas involucradas en
la actividad de seguros sobre la prohibición antes planteada, además de valorar las
implicaciones que tendría sobre la relación contractual de seguro. A este fin, se
realizó una investigación descriptiva, dirigida a empleados de empresas aseguradoras
(n= 42), clientes de pólizas de Hospitalización, Cirugía y Maternidad (n= 42), y
empleados que laboran en el área de administración de clínicas de atención de salud
(n= 42). Se diseñó un cuestionario, el cual se aplicó bajo la forma de entrevista. Los
resultados mostraron la existencia de un conocimiento general sobre la nueva Ley de
la Actividad Aseguradora (2.010), aún cuando, en términos específicos se consideró
de existir un desconocimiento de la Ley en los tres grupos estudiados. Se recomienda
mejorar los niveles de conocimiento de la Ley, mediante la implementación de
campañas y programas formativos, así como estudiar la ejecución de mecanismos que
garanticen el cumplimiento de la Ley, con especial énfasis de la inclusión de una
cláusula en los contratos de seguro (póliza de Hospitalización, Cirugía y Maternidad)
que refiera la prohibición de solicitar claves o códigos de acceso para mediar la
atención de emergencia de un cliente de póliza de Hospitalización, Cirugía y
Maternidad.